Durante las guerras civiles que se dieron a la muerte de Nerón, España se divide en dos grupos. Las legiones residentes proclaman como emperador a Galba pero las legiones de la Tarraconense se inclinan en favor de la persona que se alzará con el título de emperador: Vespasiano. Bajo el reinado de éste, personas destacadas se hacen cargo de los puestos más importantes en la península.
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Vespasiano |
Para la Bética se nombra gobernador al procónsul Trajano, padre del futuro emperador; el número de legiones acantonadas disminuye y son sustituidas por milicias locales, finalmente, concede el jus latti ( 74 d.C.) a todos los habitantes de la Península. De esta manera se produce la unifica jurídica de España. Aunque esto no los convierte en ciudadanos romanos es un paso importante para la romanización de la región.
Con este nuevo rango, se otorga la calidad de municipios a las ciudades españolas así se logra la uniformidad en cuanto al régimen de gobierno.
Esta medida solo encontró una débil resistencia entre aquellos habitantes que aun practicaban una vida rural.
Mediante la jus latinus, los magistrados de las ciudades se convierten en ciudadanos romanos luego de haber prestado un año de servicio. Este privilegio era extensible a su mujer, hijos y descendientes por línea masculina.
Bajo estas circunstancias los españoles pueden servir en las filas de las legiones romanas.
Los sucesores de Vespasiano ven en España una fuente de militares que emplean en diversas campañas y con lo que logran intensificar el contacto entre hispanos y romanos.
Las luchas y el modo de vida al que se someten estos solados hispanos hace que se impregnen de las costumbres romanas y a su regreso a la península actúan como agentes de romanización sumamente efectivos.
Mediante la constitución de Caracalla 212 se otorga la ciudadanía romana a todos los habitantes del imperio. Algunos dicen que se otorga este privilegio por cuestiones meramente económicas mientras que otros piensan que es una forma de eliminar el desorden jurídico existente debido a la vigencia de leyes locales.
La Constitución de Caracalla es un agente que impulsa la romanización en toda la península y especialmente en Cantabria, Asturias y Galicia. Estas eran zonas en que la romanización se había impuesto pero gracias a la nueva ley el proceso se intensificará.
Pero las nuevas leyes traen consigo nuevas obligaciones. Los ciudadanos deben recurrir a las capitales de los conventos jurídicos (así se llamaron a los tribunales de las divisiones de las provincias) para resolver negocios o pleitos. Esto aumenta el contacto entre las personas y los influencia aun más bajo la cultura romana.
Los pretores y sus delegados ejercen su autoridad en las reuniones judiciales (conventos jurídicos) que se convocan en las ciudades más importantes.
El emperador Claudio lo legaliza y el convento jurídico se convierte en una subdivisión judicial de la provincia. Con el paso del tiempo obtiene importancia en lo militar y en otras áreas.
En la provincia de la Bética los conventos jurídicos son cuatro:
- Gades (Cádiz)
- Astigi (Ecija)
- Hispalis (Sevilla) y
- Corduba (Córdoba)
En Lusitania funcionan tres:
- Emérita Augusta (Mérida)
- Paz Julia (Beja)
- Scalabis (Santarem)
Tarraconense se dividió en siete:
- Carthago Nova (Cartagena)
- Tarraco (Tarragona)
- Caesar Agusta (Zaragoza)
- Clunia (Coruña del Conde)
- Asturica Augusta (Astorga)
- Lucus Augustus (Lugo)
- Bracara Augusta (Braga)
De esta manera las “cívitates” que son sedes de los conventos jurídicos, se convierten en focos de romanización.
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