Las instituciones de gobierno visigodo


La monarquía visigoda consideraba al estado como algo distinto de la persona del rey. Un ejemplo de ello es la distinción entre los bienes particulares del rey y el patrimonio de la corona, establecida a mediados del siglo VII y claramente fijada en el VIII concilio de Toledo, del año 653.
Los súbditos estaban ligados al estado a través de la figura del rey quien era el máximo representante. Este vínculo de derecho público se conocía como fidelitas o fides (fidelidad o fe) y su ruptura era severamente castigado.
Este vínculo se expresaba a través del juramento de fidelidad que todos los súbditos debían prestar al rey y que con seguridad existía ya en el siglo Vil pues los textos del IV concilio de Toledo, del 633, aluden a él como práctica generalizada.
La monarquía tolosana realizó una serie de transformaciones por medio del rey Leovigildo quien a través de su deseo de unificar el territorio y lograr una cierta coherencia institucional. Ya en el siglo VII, fue San Isidoro quien formuló la teoría de la monarquía, basada en los antecedentes hebreo-cristianos de la antigüedad clásica adaptada a las características visigodas.

leovigildo
Rey Leovigildo
 
La Iglesia tuvo una gran participación en la política y se basaba en que si la vida espiritual estaba por encima de la vida terrenal, entonces el poder espiritual estaba por encima del poder terrenal. Esto puede leer en lo establecido por San Isidoro en el IV concilio de Toledo (633), ““... Os pedimos ... a los reyes que, mostrándoos moderados y pacíficos para con vuestros súbditos, rijáis los pueblos que os han sido confiados por Dios, con justicia y piedad, y que correspondáis debidamente a Cristo bien hechor que os eligió, reinando con humildad de corazón y con afición a las buenas obras ... “(canon 75).
Así quedó institucionalizado el control eclesiástico sobre el poder de los reyes.
El mismo canon continúa diciendo “Y acerca de los futuros reyes promulgamos esta de terminación: que si alguno de ellos en contra de la reverencia debida a las leyes, ejerciese sobre el pueblo un poder despótico con autoridad, soberbia y regia altanería, entre delitos, crímenes y ambiciones, sea condenado con sentencia de anatema por Cristo Señor y sea separado y juzgado por Dios porque se atrevió a obrar malvadamente y llevar el reino la ruina. “

La elección y sucesión al trono

La monarquía tolosana el rey no era de carácter hereditario sino que, el monarca era elegido de entre los miembros del linaje. Quienes elegían al rey eran el grupo de magnates y prelados. En el concilio IV concilio toledano, se estableció que el rey fuese elegido por los magnates y los obispos. El VI concilio, del 638, estableció las condiciones que había de reunir el candidato: varón de estirpe goda y de buenas costumbres, quedando excluidos los de origen servil, los tonsurados, quienes hubiesen sufrido la pena de decalvación y quienes fuesen culpables de sedición para alcanzar el trono. En el VIII concilio se especificó en dónde debía realizarse la elección, esta asamblea debía realizar en la ciudad real o donde el rey haya muerto.
El concilio que se celebró poco después de la muerte de Khindasvinto fue bienvenido por a nobleza ya que se restauró la elección regia como función de la asamblea de magnates y obispos.

El poder del rey visigodo
  • Eran atribuciones del rey los siguientes puntos:
  • Supremo gobernante del reino
  • Protector de la Iglesia católica
  • Potestad legislativa
  • Juez supremo
  • Jefe de la administración pública y del ejército
  • Poseía regalías como la acuñación de moneda

Símbolos del poder

Antes de Leovigildo los símbolos de poder era el estandarte de combate y la espada pero a partir de este monarca, se tomaron costumbres romanas y bizantinas como la existencia de un trono, una corona, un cetro y un manto púrpura.

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